Asesoría Contable y Fiscal, Asesoria Energética, Asesoría Comercial y Agricultura Oleícola Tradicional.
jueves, 12 de abril de 2012
LOS PROVEEDORES DE ENTIDADES LOCALES PUEDEN CONFIRMAR SU ADHESIÓN AL PLAN DE PAGOS DEL GOBIERNO PARA COBRAR EN MAYO.
Los proveedores ya pueden comunicar que quieren cobrar sus facturas pendientes dentro del
mecanismo extraordinario de Plan de Pago abierto por el Gobierno. Para ello tienen dos opciones,
conectarse a la base de datos de la Agencia Tributaria o, alternativamente, acudir a los ayuntamientos
que les adeudan para hacer esa misma gestión en formato papel.
El plazo finaliza hasta el día 22 de abril, por vía telemática, y hasta el 20 de abril en papel, para
comunicar su voluntad de acudir al procedimiento, porque en caso contrario no van a cobrar por esta
vía. La solicitud de certificación individual presentada por los proveedores ante la entidad local implica
la aceptación por parte de éstos de acudir al procedimiento.
· COMUNICACIÓN POR VIA TELEMATICA:
Si optan por la presentación telemática, los proveedores deben acceder a la página web de la
Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es) e identificarse mediante Certificado
Electrónico de Usuario emitido por alguna de las autoridades de Certificación admitidas por la
Agencia Tributaria, por ejemplo, el DNI electrónico y los emitidos por la Fábrica Nacional de la
Moneda y Timbre.
Los proveedores deben consignar el NIF (ya sea de personas físicas o jurídicas) que figure en
las facturas emitidas a las entidades locales, lo que les permitirá acceder a la relación de facturas
de ese NIF e indicar la voluntad de acudir al procedimiento de pago, identificando la cuenta
bancaria donde quieren que les sea satisfecho el mismo y el importe de la quita, en caso de
existir.
Una vez que manifiesten su decisión voluntaria de acudir al Plan de Pago a Proveedores, la
tesorería de la respectiva entidad local excluirá de los posibles pagos ordinarios a dichos
proveedores.
· PRESENTACION PRESENCIAL.
Alternativamente, pero no a la vez, los proveedores pueden dirigirse a la entidad local
comunicando por escrito su decisión de acudir al mecanismo de pago, facilitando el NIF, el
Número de Cuenta Corriente y el importe del principal con descuento de la quita, en caso de
existir. Si los proveedores optan por la vía presencial, posteriormente las entidades locales
deberán comunicar esa información por vía telemática y con firma electrónica a la Agencia
Tributaria.
La información que necesitan aportar el proveedor en cualquiera de las dos vías es:
o Número de Cuenta Corriente (se facilitará el CCC o el IBAN y, en caso de cuentas
internacionales, el BIC).
o Importe del principal con descuento de la quita, en caso de existir.
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